Decreto 1223/23 mediante el cual se crea 1.152 cargos permanentes en la planta de SENA: Fortalecimiento institucional y materialización de derechos de los trabajadores.
SINDESENA en el 2016, después del incumplimiento del acuerdo colectivo firmado en 2015, debió realizar 37 días de paro que dieron paso a la creación de 800 cargos temporales del SENA y ampliación de la planta en 3.000 cargos definitivos, que se materializó con la convocatoria 436 y desde ese momento desarrolló acciones encaminadas a lograr la formalización de los cargos temporales, acciones que se plasmaron en un acuerdo colectivo en 2021, pero que tuvieron que ser acompañadas de movilizaciones y presencia permanente de nuestros afiliados en Bogotá para llegar a las diferentes entidades: Mintrabajo, Minhacienda, Función Pública, DNP y DAPRE con el propósito de explicar la necesidad de su apoyo con la firma del proyecto de decreto. Todo ello porque lo más fácil es firmar un acuerdo, pero su materialización solo es posible con la organización y la movilización. La historia demuestra que las conquistas de los trabajadores tienen al menos 3 momentos de presión: uno para iniciar la negociación, el segundo para concretar los compromisos y el tercero para evitar que incumplan lo pactado. Incoherente que algunos sindicatos que en la negociación se opusieron a la firma de beneficios para los trabajadores, reclamen reconocimiento sin hacer absolutamente nada para que se cumpla lo pactado.
Durante 6 años la lucha continuó para que los 800 cargos temporales cambiaran de naturaleza a planta permanente, por ello, con el liderazgo de Junta Nacional de SINDESENA y la organización de los temporales de todo el país representados en el comité nacional de temporales, logramos cinco prórrogas en los años 2017, 2019, 2021, 2022. En el transcurso de estos años SINDESENA mediante 15 movilizaciones permanentes con temporales de todo el país, relacionamientos, acuerdos nacionales y 20 twiteratones, logramos la ampliación de la planta del SENA con 1.152 cargos nuevos incluyendo los perfiles de instructores y profesionales de los programas AgroSENA, SENNOVA y Bilingüismo; dicho decreto respeta los acuerdos sindicales, preservando las curvas de aprendizaje de los funcionarios nombrados en temporalidad ya que podrán ser incorporados en provisionalidad, una vez se cumpla con las disposiciones legales en materia de derecho preferente.