Entre los valores que caracteriza la vocación de servicio de nuestra organización sindical está el ser SOLIDARIO, es así, que en los estatutos de SINDESENA en el capitulo III Objetivos y funciones del sindicato, en el numeral F. se establece que se debe brindar la solidaridad necesaria a sus afiliados en caso de calamidad de acuerdo con el reglamento establecido por la Junta Nacional.
Desde SINDESENA Junta Nacional en coherencia al cumplimiento de su misión y sus funciones, instamos a todas las Subdirectivas Sindicales de SINDESENA a acompañar a todos y cada uno de nuestros afiliados, en especial a aquellos trabajadores que sufren situaciones de calamidad, que requieren nuestro apoyo solidario o asesoría en la situación o circunstancia enfrentada, tales como:
- Calamidad Familiar: Suceso familiar cuya gravedad afecta el normal desarrollo de las actividades del trabajador, en la cual eventualmente pueden verse amenazados derechos fundamentales de importancia significativa en la vida personal y/o familiar.
- Accidente de trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica o una invalidez.
- Enfermedad: Afectación al estado de salud del servidor y enfermedad grave de su núcleo familiar.
Fallecimiento: cuando ocurra deceso del servidor o de su cónyuge compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad primero de afinidad y segundo civil.
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SOLIDARIDAD SINDESENA