2022-0181 Al dar respuesta favor citar este número
Doctor
ANGEL CUSTODIO CABRERA BAEZ
Ministro del Trabajo
Carrera 14 No. 99-33
Bogotá
Aleyda Murillo Granados cédula 66.757.853 de Palmira, servidor público del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, con cargo de instructor y presidente de la Junta Nacional de SINDESENA, Luz Patricia Rodríguez Suárez cédula 41904551 de Armenia, integrante del equipo de infraestructura SINDESENA, Liset María García Iriarte, identificado con la cédula 45764976 de Cartagena – Bolívar, presidenta de la Subdirectiva SINDESENA Regional Guainía.
Con fundamento en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia de 1991, el Acuerdo del 7 de abril de 2011 Obama – Santos, la Circular No. – 060 del 2009, que Reglamenta el término máximo de duración del trámite de las querellas administrativas laborales, la ley 9 de 1979, Capitulo VIII, el estatuto de Seguridad Industrial, Resolución No 2400 de mayo 22 de 1979, Decreto 1072 de 2015 único reglamentario del sector del Trabajo, Resolución 223 de 2021. Además de las Actas de Acuerdo Sindical firmados entre las organizaciones sindicales y la administración del SENA, donde se pactaron puntos relacionados con seguridad y salud en el trabajo, cumplimiento de la Ley 1618 de 2013 relacionada con eliminación de barreras para las personas con discapacidad.
Acudimos a usted para que, en cumplimiento de los principios de igualdad, transparencia, eficacia, economía, celeridad e imparcialidad en las investigaciones administrativas de competencia del Ministerio del Trabajo, proteja la vida como derecho humano fundamental y la integridad de los trabajadores del SENA.
HECHOS
Entre otros se tienen las siguientes situaciones, reportadas a la Secretaría General y a los responsables de Seguridad y Salud en el Trabajo, secretaría de salud y que se constataron en campo tal como se presenta en el informe anexo:
- Se evidencia residuos de material plástico desechable y carcazas de equipos de cómputo y televisión.
- Los contenedores dispuestos para la clasificación de los residuos se encuentran al aire libre y su almacenamiento no es el adecuado.
- Durante le visita se pudo observar que se utiliza como ambiente de práctica para la formación de técnico en sistemas y redes, con el aprovechamiento para la reparación de los equipos. Se evidencia que el sitio no cumple con las condiciones mínimas para funcionar como ambiente de formación: no tiene buena ventilación, iluminación, puntos eléctricos, mesas de trabajo y presenta aberturas entre el muro y la cubierta, propicios para que ingrese plagas como insectos roedores y partículas contaminadas.
- No existe una clasificación de acuerdo con la matriz compatibilidad de elementos químicos.
- Gimnasio: Se observa que el piso presenta deterioro en su acabao y fisuras propias del asentamiento. La cubierta presenta una inclinación no adecuada, generando ingreso de lluvia, sol, ocasionando deterioro los equipos.
- Oficina de bienestar: Se pudo observar espacio reducido para cumplimiento de funciones del personal de bienestar. No existe una bodega para almacenamiento de los elementos culturales y deportivos. Presenta humedades y filtración por la cubierta; debido a la dimensión de la canal que no tiene la capacidad para la distribución de las aguas.
- Fondo de Emprender y APE: Se evidencia mucha humedad en los muros internos y externos; debido a rebosamiento de las aguas lluvias que se producen en la viga canal y a la mala instalación del manto asfaltico. Se pudo observar un espacio como bodega sin cerramiento.
- Baños APE: Se encuentran en avanzado deterioro los muebles. La parte de superior de las paredes presentan humedades. Iluminación deficiente. Baterías sanitarias tapadas.
- Auditorio: Se pudo observar humedades internas sobre muros y oxidación sobre la estructura metálica. Adecuación de un espacio existente como depósito o closet.
- Hall cubierta de circulación: La estructura en madera que presenta fisura, deterioro avanzado en ciertas partes. Las tejas son en asbesto – cemento. Instalaciones eléctricas y canales de aguas lluvias en mal estado.
- Dirección: Se evidencia falta de lugar para almacenamiento de documento, útiles de escritorio y elementos personales. Las condiciones del espacio para el archivo son muy limitadas. El RAC, no cuenta con un espacio cerrado y está expuesto a peligro de contacto.
- Grupo Mixto: En esta dependencia se evidencia el hacinamiento de personal. No cuenta con ventilación, no cuenta con un espacio para el archivo de documentos.
- Mobiliario externo de dependencias: Presentan oxido en su estructura y rotura en su tapizado.
- Formación Profesional: Se observa hacinamiento en esta área. El RAC, no cuenta con un espacio cerrado y está expuesto a peligro de contacto. La cubierta presenta rotura de teja, lo cual genera precipitación al momento de lluvia. Tejas de asbesto – cemento. Las condiciones del espacio para el archivo son muy limitadas.
- Sombrillas zonas de estar: Debido al deterioro fue retirado su cobertura.
- Torres de alturas: La torre de altura no se usa; debido que no cumple con la normatividad vigente. El centro no ofrece los cursos de trabajo alturas.
- Ambiente de cocina: Se observan deficiencias en muros, techos y pisos no cumplen con la normatividad. Las instalaciones eléctricas de tomacorrientes e iluminarias no son las adecuadas para la conexión de sus equipos. El espacio es reducido para atender una formación mínima de 20 personas. El RAC, no cuenta con un espacio cerrado y está expuesto a peligro de contacto. El cuarto frio se encuentra en mal estado.
- Planta de tratamiento de aguas. PTAR: La infraestructura cuenta con sus componentes eléctricos y mecánicos. No se está utilizando por falta de mantenimiento y funcionamiento del sistema.
- Áreas comunes – oficinas administrativas: Se observa en las áreas comunes que no hay una demarcación para la prevención de caídas.
- Biblioteca: Funciona en un espacio donde se cuenta sólo con una estructura de madera cubierta con hoja de palma, no garantiza protección y bienestar en sus usuarios.
- Cafetería Maloka: La cafetería funciona en un espacio donde se cuenta sólo con una estructura de madera cubierta con hoja de palma, no garantiza protección y bienestar en sus usuarios. En este momento no se encuentra en uso debido al COVID 19. Esta instalación funciona en la actualidad como una bodega de EPP.
- Ambiente de formación refrigeración, electricidad y electrónica: En este ambiente se puede visualizar que hay equipos y módulos para tres especialidades. En la actualidad sólo se orienta la formación para Electricidad y Electrónica. Igualmente se presenta hacinamiento, ausencia de iluminación, ventilación y puntos eléctricos.
- Ambiente de Agroindustria: En el ambiente se pudo observar que hay hacinamiento. No tiene agua en la cantidad y calidad suficiente para el proceso de alimentos. No tiene aire acondicionado sólo tiene un ventilador. Ausencia de iluminación, ventilación y puntos eléctricos. Falta orden y aseo.
- Ambiente de formación de salud: En este ambiente no existe un espacio adecuado para la ubicación de los maniquíes simuladores médicos. No hay un espacio para la clasificación de medicamentos. No tiene ventilación: natural, artificial, ausencia de iluminación y punto eléctricos.
- Almacén: En este espacio se evidenció: NO hay aire acondicionado, ni ventiladores. El extintor no funciona. No hay bodega para almacenamiento por especialidades. Hay presencia de roedores. Se presenta hacinamiento para el área administrativa y de bodega. Deficiencia en puntos de eléctricos de 110 y 220 v.
- Baño de aprendices – bloque 2: Las baterías sanitarias su infraestructura física, eléctrica y de aparatos son muy antiguas; además presentan fisuras en la gran mayoría. No se tiene una batería sanitaria para los usuarios con movilidad reducida.
- Parte exterior baño de aprendices bloque 2: Se evidencia que las baterías y tablero electrónico del panel solar del bloque de ambientes se encuentran a la intemperie. La estructura y mantenimiento al sistema eléctrico no se ha realizado desde su construcción.
- Oficinas: Gestión Documental y SIGA. Segundo piso bloque 2: Se pudo evidenciar hacinamiento. No hay lockers para guardar elementos personales. Ausencia de puntos eléctricos. El sistema de enfriamiento no funciona.
- Taller lego: Se evidencia que no tiene un espacio para bodega.
- Mesa de ayuda: RAP principal sin protección. Cables eléctricos sueltos y conexiones eléctricas improvisadas.
- Ambiente: Caranacoa. Se evidencia un espacio ocupado por un plóter sin uso. Cajas de computadores vacías, no hay disposición final de cajas de los tóneres usados. Cableado del sistema eléctrico y red sueltos.
- Ambientes: Guacarú, Tucunare, Kiñapira: Se observó fuerte filtración de aguas por las ventanas, generando humedades y riesgos eléctricos en las conexiones del cableado. No hay especio para almacenamiento de elementos formación. No suficientes puntos eléctrico, ni buena iluminación.
- Escalera para subir al segundo piso del bloque 2: Se evidencia que el diseño de la escalera presenta deficiencia en las dimensiones de construcción; siendo un peligro eminente de caídas por usuarios del Centro CAENA.
- Reservorio de agua lluvia: Se evidencia el estancamiento liquido residual de lluvia.
- Vivero: Se pudo observar total abandono de la capa vegetal con un desbordado crecimiento.
- Laboratorio de suelos: Para el funcionamiento de esta planta se tiene un convenio con la gobernación del departamento de Guainía.
- Antenas de red de internet: Se pudo observar que hay ningún tipo de señalización.
- Sala de instructores: Se evidencio hacinamiento, también deterioro en su infraestructura de puertas, muros y cubiertas.
- Pérgola Sistema fotovoltaico: Se evidencia la estructura eléctrica expuesta sin ningún tipo de protección. No hay señalización, ni demarcación.
- Polideportivo: Se puede evidenciar que no cuenta con las condiciones mínimas para un uso recreativo por la comunidad.
- Áreas comunes entrada principal a la APE – hasta el bloque 5: Se observó la ausencia de senderos peatonales para la población con movilidad reducida.
- Puntos Ecológicos: Se evidencia que no hay cumplimiento de la resolución 2184 del 2019 del Ministerio del Medioambiente sobre el código de colores para las canecas de reciclaje y bolsas que se utilicen en la separación de residuos en la fuente. Es necesario realizar el cumplimiento inmediato de la norma.
Así las cosas, doctor Cabrera es urgente su intervención para que este Centro de Formación, cuente con las condiciones seguras en oficinas, aulas, talleres de formación, vías de acceso, escenarios deportivos y demás requerimientos para llevar a cabo la formación profesional integral y el trabajo cumpliendo las normas de SST vigentes. La situación es ampliamente conocida por la Dirección General del SENA, por los respectivos COPASST Nacional y Regional.
PRUEBAS Y ANEXOS
Informe de visita al centro de formación del SENA Regional Guainía, con la integrante del equipo infraestructura de SINDESENA, presidente de la Subdirectiva SENA Regional Guainía con el respectivo informe de la visita.
PETICIÓN
- Se solicita visita de inspección ocular a la sede del Centro Ambiental Ecoturístico del Nororiente Amazónico, ubicado en Puerto Inírida.
- Surtido el debido proceso se impongan las sanciones por incumplimiento de las normas relacionadas con Higiene y Seguridad Industrial, para que se garantice la aplicación correcta de las normas que protegen la vida como derecho humano fundamental y la dignidad humana.
SOPORTE LEGAL:
Ley 9/79. TÍTULO III- SALUD OCUPACIONAL. Objeto.
Artículo 80º.- Para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones la presente Ley establece normas tendientes a:
a. Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;
b. Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos y otros que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo;
c. Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud en los lugares de trabajo;
Disposiciones generales.
Artículo 81º.- La salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socio-económico del país; su preservación y conservación son actividades de interés social y sanitario en las que participan el Gobierno y los particulares.
Artículo 84º.- Todos los empleadores están obligados a:
a) Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro de los procesos de producción;
f) Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones e investigaciones que juzguen necesarias dentro de las instalaciones y zonas de trabajo;
Decreto 1072 de 2015. Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente
NOTIFICACIONES
Se recibe la notificación de acuerdo a los términos legales, en el correo electrónico correspondenciasindesena@gmail.com o en la ciudad de Bogotá, en la Carrera 7 No. 34-50 2do Piso, Oficinas de SINDESENA Bogotá D.C
Anexo informe y acta de visita realizada el 5 de agosto del presente año.
Atentamente,