El día 3 de marzo de 2022 se llevó a cabo la primera reunión del comité de seguimiento del acuerdo colectivo firmado el 3 de diciembre de 2021 y elevado a Resolución 0032 en enero de 2022.
Se instala el comité con la presencia de 16 representantes de las organizaciones sindicales firmantes del acuerdo así: SINDESENA (8), SETRASENA (3), UNALTRASENA (1), COSSENA (1), SINSINDESENA (2), SIIDSENA (1).
Como ha sido tradicional en múltiples reuniones de seguimiento a los acuerdos de pasadas vigencias, sólo SINDESENA presentó ante la administración, dando cumplimiento al protocolo existente, observaciones a las evidencias entregadas a las organizaciones sindicales como avance en el cumplimiento del acuerdo.
Tampoco se entregó la información organizada y agrupada por cada capítulo del acuerdo, dificultando su seguimiento y compilación.
Capítulo 2 punto Formalización: se solicita contar con un cronograma aproximado de las fases para la ampliación de la planta de personal, donde se indique cada una de las entidades que la deben avalar y los productos que debe entregar el SENA con fechas máximas de entrega (ajuste de manual de funciones para la incorporación de la nueva planta).
En concordancia con los numerales 2.7 y 2.9 del acuerdo colectivo, de no tenerse gran avance en el mes de mayo de la ampliación de la planta que permita inferir que no se lograría en el mes de octubre, se inicien los pasos paralelamente al avance de la ampliación, para una prórroga de la planta temporal.
Capítulo 4 punto 4.3. (APARTE 1): El informe entregado de la caracterización de los empleados públicos con períodos de vacaciones pendientes a 30 de junio de 2021, no relaciona los empleados impidiendo el seguimiento correspondiente a la información suministrada.
Capítulo 4 punto 4.13. (APARTE 2): Se solicita aclaración del disfrute del día de la Familia de períodos anteriores con acumulación hasta dos jornadas.
Capítulo 4 punto 4.17: Ejecución del Plan de Bienestar de los años 2019 y 2020, señalando los porcentajes de ejecución. Se hizo entrega de la ejecución de las vigencias enunciadas y se requiere el seguimiento al plan del año 2022.
Capítulo 5 punto 5.3. (APARTE 1): Participación de las comisiones regionales de personal en la elaboración del PIC (Plan Institucional de capacitación)
Capítulo 6 punto 6.4. (APARTE 2): Ajuste del Proyecto de acuerdo del fondo de vivienda
Capítulo 7 punto 7.8. (APARTE 2): Actualización mensual del diagnóstico a nivel nacional de personas en condición de discapacidad para el suministro de EEPP correspondientes.
No se presentan las evidencias del diagnóstico solicitado.
Capítulo 7 punto 7.9.2.: No se ha compartido el Plan y cronograma de capacitación para las brigadas de emergencia.
Capítulo 7 punto 7.9.3. (APARTE 1): No se presentan copias de los planes de emergencia y los cronogramas de inicio inmediato.
Capítulo 8 punto 8.4. (APARTE 1): No se tienen evidencias del Incremento de los topes y tarifas del SMA en un 10% adicional al IPC 2022.
Capítulo 8 punto 8.5. (APARTE 1): No se tienen evidencias de la incorporación del suministro de productos catalogados como no medicamentos por el SMA, para los beneficiarios con enfermedades ruinosas o catastróficas.
Capítulo 10 Ropa de Trabajo punto 10.7. (APARTE 4): No se compartió la circular de las modalidades de contratación de la ropa de trabajo.
En el desarrollo de la reunión se acordaron: Las evidencias presentadas por la administración del SENA frente al avance del cumplimiento del acuerdo, se llevarán a una carpeta, organizadas por subcarpetas de los
puntos de cada capítulo, que se compartirá y autorizará el acceso de consulta y descarga a todos los integrantes del comité de seguimiento al acuerdo.
También se ajustará e incorporará en el protocolo algunos aspectos presentados y se compartirá con las organizaciones sindicales para que expresen sus observaciones hasta el 10 de marzo de 2022.
En el acuerdo quedó definido la realización de siete reuniones del comité de seguimiento del acuerdo colectivo, que se desarrollarán en las siguientes fechas:
Con base en la experiencia tenida en los trámites de la expedición de decretos de ampliación y prórrogas de años anteriores, el SENA presentará un cronograma aproximado
de los tiempos requeridos en cada una de las fases para llevar a feliz término la ampliación de planta y se cumpla antes del mes de octubre de 2022.
La administración del SENA explica que la CNSC (Comisión Nacional del Servicio Civil), ha adoptado la mecánica de abrir convocatorias de concurso del orden nacional, con la combinación de vacantes de diferentes entidades, sin dar la posibilidad al SENA de acumular las vacantes existentes y ofertarlas a concurso una vez se tenga el decreto de ampliación de la planta.
La convocatoria de las 99 vacantes en el SENA mediante el Proceso de Selección No. 1545 de 2020 – Entidades del Orden Nacional 2020-2, seguramente limitará el ajuste integral al Manual de Funciones, dado que normativamente no se debe modificar un manual de funciones si se tienen listas de elegibles vigentes para la entidad. Pero si será posible y necesario incorporar en el manual de funciones, los nuevos empleos que se adopten en el decreto de la ampliación de la planta.Capítulo 4 punto 4.3. (APARTE 1): Para dar cumplimiento a la caracterización de los empleados públicos con períodos de vacaciones pendientes a 30 de junio de 2021, la administración del SENA envió una circular a todos los Directivos solicitando la relación de funcionarios con períodos pendientes de vacaciones con su respectiva programación, para ser compiladas en el nivel central y compartirlo con las organizaciones sindicales.
Capítulo 4 punto 4.13. (APARTE 2): Para aclarar las posibilidades del disfrute del día de la familia pendientes, se expidió la circular 3-2022-000046 del 1 marzo de 2022, con asunto día de la Familia, donde se establecen los lineamientos para el otorgamiento de los días de la familia pendientes de disfrutar de los años anteriores a 2020, si ya ha compensado el tiempo.
Para los semestres de los años 2020 y 2021 (4), en los cuales no fue posible gestionar la jornada de la familia en un lugar del SENA, ni de las Cajas de Compensación Familiar, por las restricciones de la pandemia, queda abierta la posibilidad de que cada servidor público, de manera voluntaria y cumpliendo con las condiciones indicadas en la Circular 01-3-2019-000223 del 18 de diciembre de 2019 y en esta, compense e mutuo acuerdo con su jefe inmediato el tiempo para disfrutar de la(s) jornada(s) libre(s) remunerada(s) antes del 31 de diciembre de 2022.
Para la vigencia 2022 y subsiguientes, cada Regional, de manera coordinada con sus Centros de Formación, debe incluir dentro de las actividades de Bienestar una jornada para la familia por semestre, en un día laboral, ya sea en las instalaciones de la entidad, o de la Caja de Compensación familiar. Si no es posible concretar una de estas dos opciones, la Regional deberá dejar constancia de las gestiones realizadas en el respectivo semestre y los resultados obtenidos, y abrir la posibilidad de compensar el tiempo para el disfrute del día libre remunerado, en las condiciones anotadas en esta Circular y en la No. 01-3-2019-000223 de 2019.
Capítulo 4 punto 4.17: En la ejecución del Plan de Bienestar 2020 y 2019, preocupa el bajo porcentaje realizado en el año 2020, con un promedio del 57%, aunque entendemos las dificultades presentadas por el estado de emergencia, debemos acompañar una mejor vigilancia y seguimiento a los contratos derivados de este proceso y fomentar la participación de todos los trabajadores.
El Plan de Bienestar de los funcionarios se ha realizado a partir del diagnóstico llevado a cabo por la Secretaría general a partir de catorce ítems.
Esperamos la participación presencial de todos los trabajadores en las actividades del Plan de Bienestar que se llevará a cabo durante el año 2022, para no dar la oportunidad a la administración central de seguir recortando el presupuesto, a través de las “optimizaciones” que no son más que un recorte disfrazado del bienestar de los trabajadores para destinación diferente como a elementos de bioseguridad.
Capítulo 5 punto 5.3. (APARTE 1): Con referencia al Plan Institucional de Capacitación (PIC), se enviaron los lineamientos a las regionales para que se convocan las comisiones de personal regionales y se involucraran en la realización del PIC, en este momento se está desarrollando una versión 2 del PIC.
En cumplimiento del acuerdo en materia de capacitaciones, se han iniciado desde el mes de febrero, programas para instructores y se encuentra en construcción la versión 2 del PIC donde se incorporarán algunos ajustes para dar cumplimiento al acuerdo.
Esperamos que todos los trabajadores exijamos el cumplimiento del acuerdo con referencia a la participación de al menos dos capacitaciones en el año, de las cuales una debe ser presencial.
Dando cumplimiento al numeral 5.7 de nuestro acuerdo colectivo, en la apertura de presupuesto 2022, se incrementó un 16% el valor asignado para educación formal.
Capítulo 6 punto 6.4. (APARTE 2): Se ha realizado el incremento del 7,72% de los recursos destinados para créditos de vivienda en el año 2022, llegando a un presupuesto de $43.900 millones, superando el porcentaje de incremento acordado que era del 7.25%.
Se tiene proyectado para presentar ante el Consejo Directivo Nacional de la entidad, el acuerdo donde se incluya como causal de crédito especial a sus beneficiarios, la condición de víctima del conflicto armado. También se incorporará en el nuevo acuerdo que el empleado público pueda solicitar un nuevo crédito, una vez haya pagado el 70% del crédito vigente, así como se ajustará la asignación de puntajes para los padres de familia, de forma igualitaria a 3 puntos por cada uno de ellos.
Se tiene previsto que en el mes de abril se iniciaría la convocatoria par créditos de vivienda en 2022.
Capítulo 7 punto 7.8. (APARTE 2): Se han identificado 121 trabajadores en condiciones de discapacidad. A 112 de ellos se les ha realizado el seguimiento e inspección de sus puestos de trabajo, verificando las condiciones locativas, físicas y ergonómicas para permitirles retirar los elementos ergonómicos y mobiliario cargados a su nombre, con el objetivo de conformar una adecuado puesto de trabajo.
Por parte de SINDESENA se reclama que aún no se hayan entregado los EEPP para los trabajadores que tienen algunas condiciones especiales, a pesar de disponer de los conceptos médicos requeridos.
El SENA se compromete a actualizar las fichas de EEPP para trabajadores con condiciones especiales o en condiciones de discapacidad a más tardar el 19 de marzo del año en curso.Capítulo 7 punto 7.9.2. y 7.9.3 : Se han iniciado las convocatorias para la conformación de las brigadas de emergencia y realizar el plan de capacitación que se compartirá con las organizaciones sindicales.
Desde la apertura de presupuesto se han asignado recursos para mantenimiento de edificio, ascensores, plantas de tratamiento de agua.
Capítulo 8. SERVICO MÉDICO ASITENCIAL: En la primera reunión de la Junta Nacional del Servicio Médico Asistencial, se socializaron y se ajustaron las recomendaciones para el ajuste de la resolución 1262 de 2016 relacionada con la asignación del 10% del presupuesto para los programas de prevención en el SMA nacional, el ajuste en un 10% adicional al IPC de los topes y tarifas y la incorporación del suministro de elementos no catalogados como medicamentos para los pacientes con enfermedades ruinosas o catastróficas. La resolución pasará a revisión del área jurídica y posterior firma del Director General de la entidad, trámite que se realizará dentro del mes siguiente.
También se presenta el proyecto de acuerdo que se presentará al Consejo Directivo Nacional para que se condone por una sola vez las deudas por excedentes del SMA, causadas entre los años 2010 a 2020. Si ya se tiene acuerdo de pago, el valor condonado será el saldo que se tenga a la fecha de entrada en vigencia del acuerdo en dicha materia.
Capítulo 10 Ropa de Trabajo punto 10.7. (APARTE 4): Se compartió por parte de la Entidad la circular 3-2022- 00044 del 28 de febrero de 2022 aplicando el concepto de Mínima cuantía del 7 febrero de 2022 de Colombia Compra Eficiente que considera derogado el art 42 del Plan Nacional Desarrollo.
3.2. Modalidad de Selección de Mínima Cuantía
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA deberá hacer uso de los acuerdos marco de precios para adquisición de bienes y servicios con características técnicas uniformes que se encuentren vigentes en la Tienda Virtual del Estado Colombiano, siempre que la cuantía del proceso no sea superior del 10% del valor de la menor cuantía establecida para la entidad en los términos de la ley 1150 de 2007.
En el evento en que la cuantía no supere el 10% del valor de la menor cuantía establecida para la entidad, se deberá acudir a la modalidad de mínima cuantía, lo anterior, atendiendo lo señalado en el Concepto C– 105 de 2022 emitido por Colombia Compra Eficiente que establece lo siguiente: “De conformidad con lo expuesto, esta Agencia concluye que, con base en la nueva regulación establecida por el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020 y reglamentada con el Decreto 1860 de 2021, no hay concurrencia entre las modalidades de la selección abreviada por Acuerdo Marco de Precios y de Mínima Cuantía y, por tanto, cuando el valor del objeto que se pretende contratar no exceda del 10% de la menor cuantía de la entidad, independientemente de su objeto, se debe adelantar el procedimiento de contratación con base en la modalidad de selección de mínima cuantía, pues en este caso no debe tenerse en cuenta el objeto sino solo el valor del contrato”.
Con base en esta circular expedida por la Dirección Jurídica del SENA, donde habilita la compra de ropa de Trabajo por cuantías inferiores a $100millones por fuera del marco acuerdo de precios, SINDESENA insistió en revisar de nuevo estos lineamientos con la posibilidad de la asignación de los recursos a los centros de formación porque dado que son asignados a las regionales, muy pocos procesos podrán aprovechar la posibilidad de llevarse a cabo por fuera de la tienda de COLOMBIA COMPRA EFICIENTE porque superan esta mínima cuantía.
Invitamos a todos los Directivos sindicales a llevar a los relacionamientos sindicales los seguimientos de los temas del acuerdo colectivo de competencia regional, para la exigencia de su cumplimiento y a toda la comunidad educativa a apropiar los acuerdos y exigir su implementación en el transcurso de su vigencia.
CALENDARIO ACTIVIDADES NACIONALES 2022
- XXII JUEGOS ZONALES
Zona No. 1- Casanare, Vichada, Putumayo, Amazonas, Vaupés, Guaina, Arauca.
Sede Yopal del 16 al 20 de junio de 2022
Zona No. 2– Risaralda, Huila, Caldas, Antioquía, Quindío, Guaviare, Dirección General
Sede Risaralda del 16 al 20 de junio de 2022
Zona No. 3- Santander, Distrito Capital, Meta, Norte de Santander, Boyacá, Cáqueta
Sede Bucaramanga del 16 al 20 de junio de 2022
Zona No. 4- Cauca, Valle, Nariño, Chocó, Tolima, Cundinamarca.
Sede Popayán del 16 al 20 de junio de 2022
Zona No. 5- Córdoba, Cesar, Sucre, Guajira, Atlántico, Bolívar, Magdalena, San Andres.
Sede Montería del 16 al 20 de junio de 2022
XXII JUEGOS NACIONALES
Sede Regional Valle (Cali) del 30 de junio al 4 de julio de 2022. (Atletismo-natación-bolos- Softbol).
- XXII ENCUENTRO NACIONAL CULTURAL
Sede Armenia 26 al 31 de julio de 2022
SINDESENA JUNTA NACIONAL
Bogotá, marzo 9 de 2022