Es preciso tener en cuenta que el acuerdo colectivo vigente FRENTE A LAS SOLICITUDES DE REUBICACIÓN Y/TRASLADOS O PERMUTAS enuncia en los puntos 11.7 y 13.9. que El SENA continuará evaluando las solicitudes de traslado, reubicación o permuta que se presenten en la entidad, de acuerdo con las normas legales vigentes y las posibilidades que se generan en la planta de personal; dentro de las posibilidades de traslado o reubicación el SENA priorizará las solicitudes por condición grave de salud, unidad del núcleo familiar dependiente directo, seguridad (amenazas, riesgos, atentados), quienes habiendo sido nombrados por concurso de la carrera administrativa, no exista en la sede de trabajo oferta de formación en su área de desempeño, y personas que hayan sido víctimas de violencia o acoso laboral debidamente acreditado, así mismo se dará prioridad a las mujeres o minorías que se encuentren en cualquiera de las situaciones referidas. Para tal efecto, la Administración realizará como mínimo dos (2) convocatorias en cada vigencia; las solicitudes de traslado por seguridad (amenazas, riesgos, atentados), no estarán sujetas a las convocatorias. En el caso de solicitudes de traslado por razones de seguridad de dirigentes sindicales, se aplicará el plazo establecido en el protocolo para dirigentes sindicales.
Y teniendo en cuenta que el SENA cuenta que a la fecha un gran número de solicitudes de reubicación, traslados y/o permutas aún no han sido resueltas, con el precedente que estos trabajadores, se encuentran sin de núcleo familiar, algunos con situaciones de salud física o mental que requieren intervención lo antes posible. Solicitamos que las siguientes acciones en pro de materializar el mayor número de reubicaciones, traslados y/o permutas sin afectar las necesidades del servicio:
Solicitamos que tal y como fue realizado por varios directores anteriores, se haga un plan de contingencia que permita adelantar un gran proceso nacional de reubicaciones, traslados y permutas, que resuelva la totalidad o un importante