Este sábado 17 de septiembre a partir de la 10.00 a.m, se realizó reunión virtual convocada por la CUT con el fin de presentar el informe de la agenda del movimiento sindical en el plan nacional de desarrollo.
La reunión se inició con el saludo del presidente de la CUT, Francisco Maltes. quien recordó ó que el pasado 08 de septiembre se realizó la conferencia nacional del trabajo y allí fue entregado al gobierno nacional, una propuesta de reforma laboral de carácter democrática. Esta propuesta de reforma laboral contiene los siguientes cinco (5) ejes o propuestas, las cuales se exponen a continuación:
- Un paquete de decretos presidenciales, los cuales pueden expedidos directamente por el gobierno nacional, citando previamente la comisión de concertación de políticas salariales y laborales. Entre otros aspectos se encuentra en esta propuesta, lo referente a la negociación colectiva por rama de actividad económica, la reparación colectiva, entre otros.
- Así mismo se entregó un paquete de iniciativas legislativas. Las cuales son responsabilidad del Gobierno Nacional. Entre ellos se encuentran la ratificación por parte del legislativo de once (11) convenios de la OIT. y la derogación parcial de la ley 789 de 2002.
- Dentro del plan de desarrollo se presentaron siete (7) propuestas, cuáles serán discutidas en las regiones. Y en este mismo sentido la CUT ha planificado veinte dos (22) encuentros regionales para explicar con mayor detalle la propuesta.
- Así mismo se propone un cuarto elemento y es el Estatuto del trabajo. Para ello, actualmente se encuentran siete (7) compañeros de la CUT trabajando en las aristas que debe contener esta propuesta.
- Y un quinto elemento, se ha denominado la voluntad política gobierno. La cual consiste en directrices que se deben dar desde el Ministerio del Trabajo o el Estado, en aspectos tales como el papel sancionatorio de los inspectores de trabajo o al papel de tribunal de arbitramiento, entre otros aspectos. Dentro de esta voluntad política se encuentra la formalización laboral, tal como lo contempla el decreto ley 2400 y la Sentencia C-614/09.