La semana pasada, en los días 14, 15 y 16 de septiembre dimos continuidad a la MESA DE NEGOCIACIÓN del PLIEGO DE PETICIONES UNIFICADO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DEL SENA, completando los primeros 14 días de negociación, obteniendo un balance positivo en varios aspectos que desarrollaremos en este informe.
Como punto de partida, significar que los representantes en la mesa de negociación por parte de SINDESENA mantienen permanentemente su mística y disciplina organizativa, realizando reuniones preparatorias con el fin de llevar a la mesa sus mejores argumentos y sustentaciones, y así lograr acuerdos que sean consecuentes con lo peticionado, que den respuesta a las necesidades de la comunidad educativa y de la entidad en general.
Mesa organizativa de trabajo de SINDESENA
Se avanzó con varios de los puntos del capítulo 6 sobre FONDO DE VIVIENDA y el capítulo 10 sobre ROPA DE TRABAJO, para lo cual nuestra organización sindical SINDESENA realizó varios énfasis.
SOBRE EL FONDO DE VIVIENDA:
Se logra que el SENA se comprometa a tramitar ante el comité nacional de vivienda algunas propuestas de modificación del actual acuerdo de vivienda, para: ampliar las causales de créditos especiales a los beneficiarios del Fondo Nacional de Vivienda e incluir la condición de víctimas del conflicto armado; viabilizar que los empleados públicos puedan presentar una nueva solicitud de crédito hipotecario de vivienda, cuando hayan pagado el 75% del crédito vigente y no el 100% como está ahora; ajustar los criterios y puntajes de evaluación de las solicitudes de créditos hipotecarios de vivienda de los Afiliados y los beneficiarios, entre los cuales se le dará un tratamiento igualitario en la puntuación de las personas con condiciones especiales que ameritan protección especial por tener hijos y/o padres a cargo, de acuerdo con el criterio jurisprudencial vigente de la Corte Constitucional.
Quedaron pendientes dos puntos que tienen incidencia presupuestal relacionados con: incrementar el monto de los excedentes financieros del fondo de vivienda en cada vigencia al menos en un 10% e incrementar por lo menos en un 20% anual el monto destinado para hacer préstamos para vivienda.
Redacción final de los temas ABORDADOS Y ACORDADOS en la quinta semana de negociación del PLIEGO, en materia de FONDO DE VIVIENDA:
«6.4. El SENA presentará a consideración del Comité Nacional de Vivienda una propuesta de modificación del Acuerdo de Vivienda, para ampliar las causales de créditos especiales a los beneficiarios del Fondo Nacional de Vivienda e incluir dentro de sus causales la condición de víctimas del conflicto armado. En caso de ser viabilizado, el proyecto de Acuerdo será presentado al Consejo Directivo Nacional del SENA dentro de los dos (2) meses siguientes.»
«6.6. El SENA presentará a consideración del Comité Nacional de Vivienda una propuesta de modificación del Acuerdo de Vivienda, permitiendo a los empleados públicos presentar solicitud de crédito cuando hayan pagado el 75% del crédito vigente, cumpliendo los demás requisitos establecidos por las normas que regulan el Fondo. En caso de ser viabilizado, el proyecto de Acuerdo se presentará al Consejo Directivo Nacional del SENA dentro de los dos (2) meses siguientes.»
«6.7. El SENA presentará a consideración del Comité Nacional de Vivienda una propuesta de modificación del Acuerdo de Vivienda, para ajustar los criterios y puntajes de evaluación de las solicitudes de créditos hipotecarios de vivienda de los Afiliados y los beneficiarios, entre los cuales se le dará un tratamiento igualitario en la puntuación de las personas con condiciones especiales que ameritan protección especial por tener hijos y/o padres a cargo, de acuerdo con el criterio jurisprudencial vigente de la Corte Constitucional. En caso de ser viabilizado, el proyecto de Acuerdo se presentará al Consejo Directivo Nacional del SENA dentro de los dos (2) meses siguientes.»
6.11. A partir de la firma del presente acuerdo, el Grupo de Vivienda del SENA realizará con la apertura de cada convocatoria para préstamos hipotecarios de vivienda, una divulgación y explicación de su alcance dirigida a todos los empleados de la entidad, para que los servidores públicos interesados conozcan los requisitos de participación a la misma y trámites siguientes en caso de ser favorecidos con un crédito de vivienda.
Redacción de los puntos que quedaron PENDIENTES (6.3, 6.9 y 6.10) para ser tratados el próximo miércoles 23 de septiembre de manera conjunta con las Direcciones de Planeación y Vivienda, en materia de FONDO DE VIVIENDA:
«6.3. Durante el primer trimestre de cada año, el SENA continuará haciendo gestiones ante el Ministerio de Hacienda, para aumentar la asignación de los recursos para el Fondo de Vivienda utilizando los excedentes financieros del mencionado Fondo. Para la vigencia 2022, el SENA se compromete a incrementar en un 5% los recursos destinados en el 2021 para el otorgamiento de créditos hipotecarios, con cargo a los recursos de excedentes que incorporará en esa vigencia.»
«6.9. Dentro de los seis meses siguientes a la firma del presente Acuerdo, el SENA adelantará un estudio que permita determinar la viabilidad de utilizar un porcentaje anual mayor, dentro del presupuesto asignado al Fondo de Vivienda en cada vigencia, para otorgar créditos de vivienda, sin afectar la estabilidad de este Fondo.
El SENA presentará a consideración del Comité Nacional de Vivienda una propuesta de modificación del Acuerdo de Vivienda, para que los beneficiarios del Fondo Nacional de Vivienda puedan acceder a créditos especiales. En caso de ser viabilizado, el proyecto de Acuerdo se presentará al Consejo Directivo Nacional del SENA dentro de los dos (2) meses siguientes.»
6.10. A partir de la firma del presente acuerdo la Dirección del SENA, a través del grupo de Construcciones y los equipos regionales creados, asesorará y apoyará a los trabajadores a los que se les asigna prestamos de vivienda, en la búsqueda y escogencia de las alternativas de vivienda, así mismo emitirá los conceptos técnicos requeridos a fin de evitar al trabajador asumir costos por este concepto.
Por último sobre el FONDO DE VIVIENDA, NO HUBO ACUERDO en los puntos 6.5 y 6.8.
6.5. Durante los siguientes seis meses a partir de la firma del presente acuerdo El SENA hará las gestiones necesarias en la negociación con las aseguradoras, para que continúen aplicando las mismas tarifas en los seguros de vida e incendio a los empleados que se pensionan y continúan con el crédito de vivienda.
6.8. En los siguientes seis meses a la firma del presente acuerdo, El SENA modificará el artículo 35 de Acuerdo 12, ampliando a los empleados públicos, tal como lo tienen ya los trabajadores oficiales, la posibilidad de que al adjudicar un préstamo para vivienda, para que lo puedan utilizar en compra de lote y el remanente del crédito aprobado en construcción o mejoras de vivienda, además de incluir la posibilidad de crédito para compra de lote entre varios y construcción de forma colectiva, como existía anteriormente dentro de las posibilidades ofrecidas por el fondo a sus afiliados.
SOBRE ROPA DE TRABAJO:
El primer tema abordado fue el punto 10.2, el cual buscaba actualizar las resoluciones 1182 de 2006 y 1649 de 2019 en procura de identificar e incluir las redes de conocimiento y áreas temáticas que no están incluidas en el manual de ropa de trabajo vigente, y así atender las necesidades reales de los instructores asociados a estas, por consiguiente, protegerles su derecho. Para este cometido, SINDESENA argumentó en la necesidad real de atender y no desconocer los funcionarios del nivel instructor que no están recibiendo la ropa de trabajo debida, conforme a los riesgos a que se encuentran expuestos y de acuerdo a la naturaleza del trabajo que realizan, contribuyendo con esto a la prevención de accidentes y enfermedades profesionales, y al mantenimiento de su salud física y mental, en consecuencia, después de varias deliberaciones en la mesa, SE ACORDÓ:
«10.2. Durante los primeros 15 días de julio de 2022, el SENA iniciará un análisis de las funciones cumplidas por los empleados del nivel Instructor, con el fin de modificar las fichas técnicas de las Resoluciones No. 1182 de 2006 y 1649 de 2019 que lo requieran, y adicionar las que sean necesarias, para que la ropa de trabajo corresponda de manera adecuada a los riesgos a que se encuentran expuestos, y de acuerdo con la naturaleza de las funciones que realicen y la condición en que se prestan las mismas. Para la construcción respectiva, el SENA convocará mesas de trabajo con participación de las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo, en la cual presentarán sus aportes y observaciones correspondientes. Las mesas de trabajo se realizarán entre julio y octubre de 2022 con el fin de emitir el acto administrativo que modifique y/o adicione las resoluciones, a más tardar, en diciembre de 2022.»
Posteriormente, se dio la discusión de los puntos 10.3 y 10.4, los cuales pretendían la equidad para entrega de Ropa de Trabajo del personal administrativo, es decir, las ocupaciones del nivel asistencial, técnico y profesional, obteniendo como respuesta una contrapropuesta solapada por parte de la Administración, que lo único que pretende es hacer una auditoria a los funcionarios beneficiarios actuales, para ajustar los derechos adquiridos de los funcionarios de estos niveles ocupacionales que ya reciben este beneficio. La contrapropuesta en mención la relacionamos a continuación:
«Se unen 10.3. y 10.4. Durante el primer semestre del 2022, el SENA realizará un análisis de las funciones cumplidas por los empleados del nivel Asistencial, Técnico y Profesional que actualmente tienen asignada ropa de trabajo en la Resolución No. 1182 de 2006, con el fin de determinar la necesidad o no de modificar las prendas que requieren para cumplir de manera adecuada las funciones que realizan en la entidad, según los riesgos a que se encuentran expuestos y de acuerdo a la naturaleza del trabajo que realicen, contribuyendo así a mantener su salud física y mental, y prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Para la socialización y sustentación respectiva, el SENA convocará una mesa de trabajo con participación de las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo, en la cual presentarán sus aportes y observaciones correspondientes.» (negrilla fuera del texto)
SINDESENA se empeñó en argumentaciones y propuestas encaminadas a enfatizar y demostrar la discriminación y la vulneración del derecho a la igualdad al no otorgarse el beneficio de ropa de trabajo de manera debida y conforme a las condiciones establecidas en la resolución 1182 de 2006 y sus modificatorios para los administrativos; en efecto se vislumbró como respuesta la falta de voluntad y la negativa de parte del equipo negociador de la Administración del SENA, de no permitir por lo menos la identificación de las necesidades que tienen los funcionarios de los niveles ocupacionales diferentes al instructor, que están expuestos a riesgos reales y potenciales, o que están realizando funciones, actividades u oficios que requieren prendas de vestir adecuadas para el desarrollo adecuado de las mismas en la entidad con la justificación de que no hay presupuesto suficiente, pese al llamado de atención por parte de nuestra organización sindical por el precario y alarmante 7% del avance en ejecución a nivel nacional del presupuesto asignado para la entrega de Ropa de Trabajo para la vigencia 2021.
De lo anterior, A LA FECHA NO SE HA LOGRADO LLEGAR A NINGÚN ACUERDO EN LOS PUNTOS 10.3 Y 10.4 referidos,ante la postura negativa de la administración por reconocer los derechos del personal administrativo, por lo cual las organizaciones sindicales propusieron que se abordaran estos puntos de nuevo más adelante, CUANDO SE DISCUTAN LOS PUNTOS QUE TIENEN INCIDENCIA PRESUPUESTAL. Se espera que los demás puntos incluidos en el capitulo de Ropa de Trabajo sean debatidos en las semanas subsiguientes, tal como sucede con el punto 10.5 que será abordado una vez el funcionario responsable por parte de la Administración haga presencia en la mesa.
10.5. Los equipos de Seguridad y Salud en el Trabajo harán un estudio, con el fin de identificar los empleados de los Centros Industriales, Metalmecánicos y Agropecuarios que requieren Botas especiales, y sus características; con base en los resultados, la entidad analizará la viabilidad de modificar o no el Manual de Ropa de Trabajo para incluirlas. CONTRAPROPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN, AÚN PENDIENTE.
Finalmente, una vez culminada la quinta semana de negociación, realizamos un FACEBOOK LIVE denominado “Así va la Negociación Colectiva con el Sena”, con el fin de informar a la comunidad educativa de los avances y pormenores obtenidos hasta el momento y el respaldo que se le debe dar a los negociadores de SINDESENA en todo este proceso, ver video en el enlace:
¡SINDESENA SIEMPRE FIRME EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS Y LAS CONDICIONES LABORALES DE TODOS LOS TRABAJADORES DEL SENA!
SINDESENA JUNTA NACIONAL
Bogotá, 20 de septiembre de 2021