INFORME AVANCES MESA DE NEGOCIACIÓN
SEMANA DEL 19 AL 21 DE OCTUBRE DE 2021
A pesar de la obstinada decisión de sabotear la negociación colectiva del SENA que ha caracterizado a las cuatro (4) organizaciones sindicales denominadas alternativas, quienes insisten en desconocer la prórroga oficialmente acordada y suscrita según acta del 5 de octubre de 2021, proceso en el que se negaron a asistir los sindicatos minoritarios UNALTRASENA, SINSINDESENA, SIIDSENA Y COSSENA, donde algunos de ellos consideran que la fuerza está en el grito y no en el argumento. Pese a lo anterior la negociación avanzó en el tema de SST, pero los negociadores de la administración mostraron en general su falta de firmeza, mostrando su pasividad frente a los gritos que lanzaba una asesora de dos sindicatos, de hecho, casi que los abordaron uno a uno para poder instalar de la mesa.
Con los dirigentes de 3 negociadores de SETRASENA con quienes se firmó el acta de prórroga de la negociación que nos beneficia a todos, se dio continuidad a la negociación porque representamos el 70% de los negociadores. Es claro para todos y los hechos lo confirman, lo nuestro son los argumentos no los gritos, ni los insultos.
El día 20 se inició en horas de la mañana con un nuevo episodio vergonzante de parte de los representantes de los 4 sindicatos antes mencionados, quienes pretendían imponer sus condiciones por fuera de las pactadas inicialmente, forzando la presencia en la mesa de negociadores y asesores presentados por fuera de los plazos establecidos.
Finalmente, después de guardar sabio silencio nos retiramos de la mesa, pero como terminaron el episodio ingresamos a cumplir la labor que nos encomendaron los trabajadores de representarlos en la negociación del pliego que a todos nos beneficiará.
Se negociaron estos dos puntos del acuerdo sindical del Capítulo 7 Seguridad y Salud en el Trabajo DEL 19 AL 22 DE octubre de 2021:
7.2.2. A partir de la firma del presente acuerdo, el SENA remitirá a las organizaciones sindicales firmantes, en el mes de diciembre de cada vigencia, el lineamiento nacional con el cronograma de implementación del programa de prevención y protección contra caídas en cada centro de formación de la vigencia siguiente. Con el fin de realizar el seguimientoal cumplimiento del programa, cada coordinador de talento humano regional remitirá trimestralmente el reporte al respectivo COPASST. Para el caso de la Dirección General, el Grupo de SST realizará el reporte al COPASST de la Dirección. Los reportes trimestrales señalados serán remitidos con copia a las organizaciones sindicales.
7.7. El SENA, a partir de la firma del presente acuerdo, continuará prestando los servicios relacionados con Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de los médicos laborales de cada regional, en un consultorio que cumpla los requisitos de habilitación, de acuerdo con la normatividad vigente.
7.8. En el primer trimestre de cada año, se entregarán los elementos de protección personal a los trabajadores en condición de discapacidad plenamente identificados a la fecha y a medida que se vayan caracterizando nuevos casos. El avance de la entrega de estos EPPS se informará a los respectivos COPASST cada tres meses, con copia a las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
El SENA actualizará mensualmente el diagnóstico a nivel nacional de personas en condición de discapacidad para el suministro de los EPP correspondientes.
7.9.1. Durante la vigencia del presente acuerdo, el SENA continuará promoviendo la participación de los servidores públicos y contratistas en las brigadas de emergencia, para dar cumplimiento a los requerimientos legales, y dándole continuidad a los procesos formativos y prácticos que cualifiquen su respuesta ante emergencias, con la presencia de brigadistas durante todas las jornadas de formación en cada Centro o sede, y la publicación del listado de los brigadistas activos discriminados por jornada en cada sede o Centro, en los medios disponibles para tal fin y en la intranet del SENA; el listado se actualizará mensualmente por los coordinadores de talento humano de cada regional.
7.9.2. El SENA en el primer bimestre de cada año presentará el plan y cronograma de capacitación para las brigadas de emergencia en cada vigencia incluyendo el nivel avanzado, de acuerdo con las condiciones de vulnerabilidad y respuesta ante amenazas propias de los diversos Centros y sedes de formación. El Grupo de SST remitirá trimestralmente el informe del avance a las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
7.9.3. «En el primer bimestre de cada año, el SENA remitirá los planes de emergencia y los cronogramas de ejecución con inicio inmediato, dentro de los cuales se identificarán los puntos de evacuación señalados e identificados en los planos y en las áreas, desde los diferentes ambientes de la entidad, con rutas claras, alarmas acordes a población con debilidad manifiesta (sonoras, lumínicas, etc.), puntos cardio protegidos, ubicación de gabinetes, extintores, botiquines, camillas, radios y demás insumos requeridos para la atención de emergencias.
El Grupo de SST remitirá trimestralmente el informe con los avances del cronograma de ejecución, a las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
7.9.4. Durante el primer trimestre de cada año, el SENA presentará el diseño de los Planes Operativos Normalizados (PONS), de acuerdo con el análisis de vulnerabilidad evaluado en cada plan de emergencias en cada uno de los Centros de Formación y sedes. El Grupo de SST remitirá trimestralmente los avances de su implementación a nivel nacional, a las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
Para las situaciones con mayor nivel de vulnerabilidad se implementarán de manera progresiva las acciones que permitan dar respuesta oportuna acorde con los escenarios específicos, con el fin de proteger la vida como derecho humano fundamental.
7.9.5. El SENA, durante los primeros cuatro meses de cada año, implementará y actualizará el registro MEDEVAC con los procedimientos de evacuación médica y traslado de lesionados gravemente heridos hasta un hospital especializado, en casos de emergencia en cada Centro y sede de Formación, manteniendo el registro con los datos actualizados de los centros médicos cercanos y los organismos de atención de emergencias externos con los que se cuenta, para generar medios de comunicación eficaces y de esta manera salvaguardar la seguridad y salud de sus empleados en caso de emergencia. El Grupo de SST enviará trimestralmente a las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo, el avance en la implementación.
7.9.6. El SENA durante el primer semestre de cada año, remitirá todos los procedimientos referentes a las brigadas de emergencia de acuerdo con la caracterización del plan de emergencias de cada centro o sede de formación; los cuáles serán socializados a todos los integrantes que conformen la brigada. Se realizará la entrega de la dotación e insumos necesarios para la atención de emergencias de manera progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de cada vigencia.
Para las situaciones con mayor nivel de vulnerabilidad se llevarán a cabo simulaciones de manera progresiva que permitan reaccionar de manera oportuna acorde a los escenarios específicos, con el fin de proteger la vida como derecho fundamental. De estas actividades se remitirá informe trimestral del avance a las organizaciones firmantes del presente acuerdo.
FRENTE A LOS BRIGADISTAS: Persiste el incumplimiento de la administración para fortalecer, estimular la participación de los trabajadores y entrenarlos. Deseamos que nunca ocurra una tragedia que tengamos que lamentar. La prevención en el SENA se tiene que fortalecer porque ante cada suceso adverso seremos evaluados y no deseamos que ocurran más siniestros en la entidad.
Estos son los otros puntos que se negociaron:
7.13. El SENA se compromete a implementar en los Centros, sedes de formación de la entidad y áreas administrativas del SENA, los lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional para la mitigación del COVID-19 o cualquier otra situación de salud que implique la declaratoria de emergencia sanitaria en el país.
Una vez presentada la situación de salud pública, el equipo interdisciplinario presentará un plan y cronograma de ejecución para atender de manera inmediata la emergencia presentada en la entidad; el seguimiento a dicha implementación se realizará con los equipos interdisciplinarios establecidos por las regionales y centros de formación.
El Grupo de SST remitirá informe trimestral del avance de implementación de los protocolos a las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
7.14. Durante el primer semestre de cada año, el SENA realizará la actualización y socialización de las matrices de identificación de peligros y valoración de riesgos a todos los trabajadores para la mitigación de los peligros asociados a cualquier otra situación de salud que implique la declaratoria de emergencia sanitaria en el país, de acuerdo con las normas y lineamientos aplicables que emita el Gobierno Nacional. Las medidas de intervención encaminadas a la disminución de los riesgos que presentados por COVID 19 o cualquier otra situación de salud que implique la declaratoria de emergencia sanitaria en el país, se verán reflejadas en los programas que hacen parte del plan anual de trabajo en SST.
Se remitirá informe trimestral del avance de la ejecución del plan anual de trabajo de las actividades asociadas a la mitigación del COVID 19 o cualquier otra situación de salud que implique la declaratoria de emergencia sanitaria en el país, a los respectivos COPASST, con copia organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo.
7.16. A partir de la firma del presente Acuerdo, el SENA tendrá mínimo un Asesor asignado por la ARL en cada una de las regionales de la entidad para la atención de actividades de promoción y prevención. En el primer trimestre de cada año, se informará a las organizaciones sindicales los nombres de los profesionales de la ARL con datos de contacto.
El SENA continuará entregando al comité de seguimiento del acuerdo, un informe mensual estadístico con el respectivo análisis, de cada uno de los Centros de Formación Profesional de la entidad, sobre los accidentes de trabajo, y uno trimestral sobre enfermedades laborales, con su respectivo seguimiento.
Dentro de la negociación se llamó la atención por la forma como se está tratando en la entidad a trabajadores enfermos o quienes tienen recomendaciones médicas de parte de algunos inhumanos directivos que se niegan a bajarles la carga laboral, o solicitándoles que cumplan con sus compromisos aun estando incapacitados.
Es aterrador que los seres humanos y algunos directivos del SENA sean tan crueles e indiferentes, cuando cualquier ser humano puede cambiar su situación de salud de un momento a otro y lo que más se requiere es apoyo.
Finalmente, insistimos en que es fundamental reconocer los principios de representatividad y proporcionalidad de los negociadores, establecidos en el artículo 9 del decreto 160 de 2014, contenido en el decreto 1072 del 2015, así como pronunciamientos de autoridades competentes.
SINDESENA JUNTA NACIONAL
Bogotá, 27 de octubre de 2021