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Edición 2019-067, 19 de junio de 2019

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Edición No. 2019 – 067
19 de junio de 2019

SE MODIFICAN DERECHOS DE CARRERA

   

APROBADO EN EL CONGRESO PROYECTO DE LEY QUE MODERNIZA EL EMPLEO PÚBLICO EN EL PAÍS

Aprobado en cuarto de bate de plenaria del Senado el proyecto de Ley 06 de 2017 Cámara -200 de 2018 Senado “por la cual se modifican la Ley 909 de 2004, el Decreto Ley 1567 de 1998 y se dictan otras disposiciones”.

En cumplimiento a uno de los compromisos del actual Gobierno en las mesas de negociación con las Centrales de los Estatales, el proyecto de Ley fue impulsado por el Departamento Administrativo de la Función Pública, lo que podría promover el mérito en Colombia beneficiando a más de 251.000 servidores públicos en el país. La iniciativa permite la movilidad en la carrera de los servidores públicos, a través de concursos de ascenso, que hoy en la práctica no se aplican en el régimen general de carrera administrativa, tiene previsto, entre otros, adoptar mecanismos de movilidad horizontal que le permitirán al empleado público de carrera administrativa tener estímulos económicos que los llevan a mejorar su rendimiento y desempeño en el empleo, sin que implique un cambio de empleo.

También busca aplicar el concurso de méritos mixto que protege el mérito, estableciendo la posibilidad de convocar a concurso cerrado o de ascenso el treinta 30% de las vacantes a proveer y por concurso abierto el setenta 70% de las vacantes restantes, así como viabiliza el derecho a la capacitación para los empleados provisionales, que, según el Plan Anual de Vacantes vigente, son aproximadamente 117.841 cargos en el país.

El proyecto pasará a conciliación y luego a sanción presidencial Para ver el video haz click aquí

TEXTO DEFINITIVO PROYECTO 006 DE 2017 CÁMARA

CONCEPTO COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

   

DERECHO DE PETICIÓN SOBRE CAMARAS DE SEGURIDAD AMBIENTES SENA

DOCTOR
CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA
DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA E. S. D.
ASUNTO: DERECHO DE PETICIÓN – ARTÍCULO 23 CONSTITUCIÓN POLÍTICA

ALEYDA MURILLO GRANADOS, mayor y vecina de esta ciudad, identificada con C.C. 66.757.853 de Palmira, obrando en calidad de Presidenta y Representante Legal del SINDICATO DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL SENA – SINDESENA, en nombre propio y por mandato de la Junta Directiva Nacional de SINDESENA, por medio del presente escrito me permito elevar ante su despacho el siguiente DERECHO DE PETICIÓN con base en el artículo 23 de la Constitución…

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ANALISIS DE FALLO DE ACCIÓN ELECTORAL QUE RECLAMA
USO DE LISTAS DE ELEGIBLES

Dada la continua preocupación de los elegibles y el deseo de SINDESENA de procurar alternativas de solución que se traduzca en la materialización de su elegibilidad, hemos revisado diversas actuaciones judiciales que hemos conocido que podrían dar luces a la situación en comento, en este caso, remitimos el resultado del análisis del fallo No. 25000-23-41-000-2018-00096-00, emitido por el Tribunal Superior de Cundinamarca en respuesta a la acción electoral radicada por los sindicatos de la Procuraduría, en procura de viabilizar el uso de listas de elegibles…

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