Mediante Circular 3-2023-000125 del 13 de julio de 2023, la Dirección de Formación Profesional reconoce las deficiencias que se presentan permanentemente en la programación académica de los programas de formación titulada a nivel nacional, situación que ha sido denunciada por SINDESENA en todos los escenarios y de manera reiterativa por su efecto negativo sobre la calidad de la Formación Profesional: recordemos que luego de varios ejercicios y muestras claras presentadas por SINDESENA tras validaciones efectuadas en el centro de la Dorada Caldas, la dirección se vio obligada a implementar un mecanismo de monitoreo permanente; lo lamentable es que este grave hallazgo no se traduce en acciones contundentes de soluciones ni en materialización de sanciones, por el contrario se sigue evidenciando la falta de compromiso institucional en todos los niveles para cumplir con la normatividad vigente en torno a la ejecución de la formación, a saber:
- Acuerdo 08 de 1997 del SENA: por medio del cual se adopta el estatuto de formación profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
- Resolución 2198 de 2019: Por la cual se modifica la clasificación y los niveles de los programas de formación, su denominación y su duración…
- GFPI-P-006 2017-03-03 Procedimiento Ejecución de la Formación Profesional Integral.
- GFPI-G-012 2020-08-03 Guía Desarrollo Curricular.
Preocupa e indigna la tranquilidad como se muestra el incumplimiento en los porcentajes de ejecución de las horas requeridas en cada programa de formación dispuesto en los diferentes niveles de formación, tal como lo muestra el cuadro adjunto, extraído de la misma Circular.