Con motivo de la negociación del pliego de peticiones y los acuerdos sindicales firmados en diciembre del año 2021, se han producido varias modificaciones a la normatividad del fondo de vivienda del SENA, conquista de los trabajadores que poco a poco hemos ido recuperando para las nuevas generaciones. En razón a ello, la administración de la entidad ha decidido unificar en un solo acto administrativo el procedimiento para la operación de este, conforme a lo dispuesto en artículos vigentes del Acuerdos 0012 de 20014, el Acuerdo 004 de 2017, el Acuerdo 0003 de 2019 y el Acuerdo 002 de 2022.
Desde SINDESENA hemos hecho permanente seguimiento tanto en las reuniones definidas para tal fin, como en la revisión de los actos administrativos que se han producido, a fin de constatar la materialización de los acuerdos de diciembre de 2021, y particularmente los relacionados con el fondo de vivienda, consignados en el capítulo 6.
En cuanto al proyecto de resolución, presentamos observaciones sobre algunos aspectos de forma en los artículos 1, 9, 16 y 24 y adicionalmente en el artículo 16, propusimos a dos o tres meses el plazo para solicitar el cambio de modalidad de préstamo; la administración los validó y hemos constatado los ajustes respectivos en la propuesta final de resolución que estuvo publicada hasta el 22 de agosto.