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Concepto sobre pago prima de coordinación a quienes perciben prima de localización

Por septiembre 13, 2022Noticias
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El concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) establece la imposibilidad de liquidar la PRIMA DE COORDINACIÓN, teniendo en cuenta la PRIMA DE LOCALIZACIÓN.

Frente a esta consideración, en atención a la solicitud elevada por la junta nacional de SINDESENA, me permito conceptuar lo siguiente:

El Artículo 6 del Decreto 1024 de 2019, al establecer la PRIMA DE COORDINACIÓN, dice que la misma equivale al 20% de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares.

Debe aclararse que es diferente la ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL, por ejemplo, del cargo de INSTRUCTOR en la Escala Salarial establecida para el SENA, y la ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL del mismo cargo, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8 del Decreto 415 de 1979.

Esto porque el Decreto 415 de 1979, establece en su artículo 8 que “La prima de localización constituye parte integral de la asignación básica mensual de los empleados del SENA”.

De acuerdo con lo anterior tenemos que decir que es diferente la ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL del cargo de instructor en Bogotá, que solo la constituye el SUELDO BÁSICO, en relación con la ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL del cargo de instructor, que cumple sus funciones en uno de los sitios donde se reconoce PRIMA DE LOCALIZACIÓN, porque en este caso la ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL está constituida por el SUELDO BÁSICO más la PRIMA DE LOCALIZACIÓN.

Si un empleado SENA es instructor en Bogotá, lo explicamos de otra manera, tiene una ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL diferente de la que se reconoce a un instructor del mismo grado, pero que presta sus servicios, por ejemplo, en Leticia (Amazonas), y si esto es así, no hay razón que justifique que estos mismos instructores, cuando realizan labores de coordinación, reciban por ello una suma igual, cuando sus asignaciones básicas son diferentes.

Atentamente,

FRANCISCO JAVIER ANDRADE DIAZ

Asesor Jurídico.

SINDESENA JUNTA NACIONAL

Bogotá, 7 de septiembre de 2022

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