C I R C U L A R No. 2021-093
Bogotá, 3 de agosto de 2021
PARA SUBDIRECTIVAS Y REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE LAS COMISIONES REGIONALES DE PERSONAL
Asunto: Seguimiento al proceso de adquisición de la Ropa de Trabajo.
Como es de conocimiento, el SENA mediante la Resolución 001182 del 2006 dispuso EL MANUAL DE ROPA DE TRABAJO Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA ENTIDAD, donde definió la Ropa de Trabajo como: las prendas de vestir que requiere el trabajador para cumplir de manera adecuada las funciones que realiza en la entidad, según los riesgos a que se encuentren expuestos y de acuerdo con la naturaleza del trabajo que realice, contribuyendo así en el empleado a mantener su salud física y mental, y prevenir accidentes y enfermedades profesionales.
Posteriormente, la Resolución 001182 del 2006 fue modificada por la Resolución 2644 del 2 de diciembre 2016 en lo que respecta al manual de dotación de ropa de trabajo y elementos de seguridad industrial, esto, a partir de lo acordado en el acta de concertación laboral suscrita con los sindicatos el 22 de septiembre de 2015 con relación a la Ropa de Trabajo y Elementos de Protección. Sin embargo, a partir del seguimiento efectuado por SINDESENA al cumplimiento del acta de concertación, se evidenció desmejora, se presentaron inconformidades sobre el Manual de Ropa de Trabajo y sus elementos de protección, por lo que se procedió a adelantar dos mesas de trabajo con el apoyo de la Escuela Nacional de Instructores – ENI y las Organizaciones Sindicales, realizándose la primera el 8, 9 y 10 de agosto de 2018 y la segunda el 5 y 6 de diciembre de 2018 en las cuales se revisaron las 33 redes de conocimiento y sus respectivas áreas temáticas y se construyó el proyecto de actualización que modificó la Resolución 2644 de 2016 bajo la Resolución 1649 de 2019, en el sentido de actualizar los elementos y sus características que se entregan a título de Ropa de Trabajo de los empleados públicos pertenecientes al nivel de empleo de instructor del SENA, conforme al Anexo denominado MANUAL DE ROPA DE TRABAJO DEL SENA.
De manera concurrente, el 6 de diciembre de 2018 mediante el ACUERDO COLECTIVO se incluyó en el numeral 9.1.2. que: “El SENA, para el cumplimiento del punto anterior, adelantará los procesos de contratación de manera tal que LA ENTREGA DE ROPA DE TRABAJO SE EFECTÚE EN EL PRIMER SEMESTRE DE CADA VIGENCIA, en las condiciones de oportunidad, calidad y cantidad establecidas en el respectivo Manual”. Entre tanto, en los numerales 9.1.3 y 9.1.4 del mismo acuerdo se dispuso que: «EL SENA A PARTIR DEL PRIMER SEMESTRE DE 2019, SE COMPROMETE A QUE LAS COMPRAS DE LA ROPA DE TRABAJO Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL se realicen en las regionales, garantizando los estándares de calidad de los elementos, de acuerdo con lo establecido en el proceso contractual, Y LA PARTICIPACIÓN EN EL COMITÉ DE ROPA DE TRABAJO DE LOS DOS (2) REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN EL COMITÉ DE BIENESTAR y la asesoría de un instructor experto en confecciones y otro experto en calzado”.
Por consiguiente, durante la vigencia 2021 se le ha requerido a la Dirección General del SENA de manera reiterada el efectivo cumplimiento de los numerales 9.1.2, 9.1.3 y 9.14 sobre Ropa de Trabajo incluidos en el Acuerdo Colectivo de 2018, así como presentación de evidencias que permitan identificar el estado del proceso de contratación en las diferentes Regionales, llamándonos la atención lo siguiente:
Ante la petición de informar sobre las compras de la Ropa de Trabajo realizadas en los años 2018, 2019 y 2020, ¿cuáles se adelantaron en las regiones, por fuera del mecanismo del Acuerdo Marco de Precios y el uso de la plataforma de Colombia Compra Eficiente y cuales se desarrollaron empleando estos mecanismos? (ver Tabla 1). La Dirección General responde bajo el radicado No: 01-2-2021-000271 del 29 de abril de 2021, lo siguiente:
Tabla 1. Información modalidades de contratación actualizada con corte al 26 de abril del 2021 – RESPUESTA 3, DP No: 01-2-2021-000271 de 2021 |
Se observa en la tabla anterior la inclusión de la modalidad de contratación por Acuerdo Marco de Precios – AMP como principal variación en la vigencia 2020, en cuanto al proceso de adquisición de Ropa de Trabajo en las diferentes regionales. Lo anterior, como resultado del acatamiento de las disposiciones legales contenidas en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, donde SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD PARA EL SENA, el desarrollar estos procesos de adquisición de bienes y servicios con características técnicas uniformes a través de los Acuerdos Marco de Precios – AMP por ser una entidad del orden nacional.
Sin embargo, se pudo evidenciar que NO TODAS LAS FICHAS TÉCNICAS ANEXAS A LAS RESOLUCIONES 1182 DEL 2006 Y 1649 DE 2019 O ELEMENTOS SE ENCUENTRAN CONTENIDOS EN EL AMP, por ello, en aplicación de lo referido en la Circular SENA No. 33 del 2020 que indica: “de acuerdo con lo señalado, y una vez verificada la existencia del acuerdo marco sobre el objeto que la entidad pretende adquirir, pero éste no cumpla con los requerimientos planteados por la entidad compradora (SENA), deberá solicitar a la agencia nacional de contratación pública – Colombia Compra Eficiente -en adelante CCE-, la inclusión de ítems o determinado bien o servicio que no se encuentre dentro de los mismos, con la finalidad de acogerlos cumpliendo con las necesidades planteadas”, se procedió por parte dela mayoría de las regionales, la acción deadelantar procesos de contratación bajo las modalidades de mínima cuantía y selección abreviada, agotando primero el procedimiento de solicitud para la inclusión de ítems o características técnicas que necesita el SENA a Colombia Compra Eficiente y que se encontraban por fuera del AMP, con la finalidad de obtener respuesta negativa y con ello la justificación técnica amplia y suficiente para no dar aplicación a la modalidad del AMP.
En relación con la misma situación, el 5 de febrero de 2021 en el marco de la reunión de Relacionamiento Sindical Nacional con la Secretaría General, se suscribió el compromiso de presentar el informe de todos los elementos de Ropa de Trabajo entregados a la fecha mediante el proceso de Acuerdo de Marco de Precios desde el año 2020, obteniendo como respuesta bajo el radicado CPE No. 9-2021-042494 del 25 de mayo de 2021, lo siguiente:
Tabla 2. Informe de todos los elementos de ropa de trabajo – CPE No. 9-2021-042494 del 25 de mayo de 2021
Regional | Entrega | Modalidad de contratación | Razones por la que no se efectuó la totalidad de la compra por Acuerdo Marco de Precios |
Dirección General | Total | Acuerdo Marco de Precios; | N/A |
Regional Amazonas | No se ha hecho la entrega | Mínima Cuantía; | Porque la oficina de contratación consideró, pertinente hacerse por contratación de minina cuantía, debido a que no estaban todos los elementos estaban en el acuerdo marco. |
Regional | Entrega | Modalidad de contratación | Razones por la que no se efectuó la totalidad de la compra por Acuerdo Marco de Precios |
Regional Antioquia | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; | Porque se revisó el Acuerdo Marco de Precios con los elementos que contenían, con la revisión de las fichas técnicas, encontrando que el AMP no contenía todos elementos que requería la Regional, entre ellos, ropa deportiva, uniformes de enfermería, de belleza, cocina, entre otros. |
Regional Arauca | Total | Mínima Cuantía; | Fue solicitado concepto de inclusión de los elementos de ropa de trabajo a Colombia Compra eficiente de acuerdo a manual publicado en Compromiso y recibimos concepto desfavorable de la inclusión por lo que desde el área de contratación se dio concepto de realizar el proceso en su totalidad por mínima cuantía. |
Regional Atlántico | Total | Selección Abreviada; | Solo el calzado de calle se compró por Acuerdo Marco de precios. El resto de elementos porque no las fichas técnicas del Manual no se ajustan a las del Acuerdo Marco de Precios. |
Regional Bolívar | Proceso de Entrega | Selección Abreviada; | las mismas razones de 2018 |
Regional Boyacá | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; Selección Abreviada; | No se compró en su totalidad debido a que las fichas técnicas del Acuerdo Marco de Precios en su mayoría no coinciden o eran inferiores a las determinadas en el manual de ropa de trabajo. Solo se compró por AMP: camisas y zapatos |
Regional Caldas | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Algunos elementos no se encuentran en el acuerdo marco como son overoles, dotación enfermería, etc. |
Regional Caquetá | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Dentro de las prendas que hacen parte de la Ropa de trabajo se encuentran elementos que no pueden ser objeto de inclusión en el Acuerdo Marco, debido a que no hacen parte del objeto del mismo, tales como: Uniformes de cocina, batas, Overoles, pantalonetas, uniformes de enfermería, uniformes quirúrgicos, botas, sudaderas, zapatos de cocina, entre otros. Lo anterior de acuerdo a respuesta emitida por CCE bajo PQR No. 0401360 del 08/06/2021 y PQR No. 0405316 del 18/06/2021. |
Regional Casanare | Proceso de Entrega | Mínima Cuantía; Acuerdo Marco de Precios; | Las fichas técnicas que existen en el acuerdo marco se contrataron por tienda virtual, las que no existen se contrataron por mínima |
Regional | Entrega | Modalidad de contratación | Razones por la que no se efectuó la totalidad de la compra por Acuerdo Marco de Precios |
Regional Cauca | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; | Porque existían elementos cuya ficha técnica no correspondían al objeto del acuerdo marco de precios que tiene que ver con vestuario de calle por ejemplo los overoles, los trajes para cocina, trajes antifluido, vestuario impermeable y botas entre otros. |
Regional Cesar | Entrega Parcial | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | ALGUNAS PRENDAS NO ESTABAN CONTEMPLADAS EN EL ACUERDO MARCO DE PRECIOS PARA DOTACIONES DE VESTUARIO DE CALLE III CCE-967-AMP-2019 |
Regional Chocó | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; | MINIMA CUANTIA |
Regional Córdoba | Total | Mínima Cuantía; | LOS ACUERDOS VIGENTES A LA FECHA DE CONTRATACION NO CONTENIAN LOS ELEMENTOS ESPECIFICOS QUE SE REQUERIAN PARA SATISFACER LA NECESIDAD |
Regional Cundinamarca | Total | Mínima Cuantía; Selección Abreviada; | SE SOLICITO ANTE COLOMBIA COMPRA EFICIENTE LA INCLUSIÓN DE FICHAS TECNICAS Y LA RESPUESTA FUE NEGATIVA. |
Regional Distrito Capital | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | PORQUE NO SE ENCONTRABAN TODAS LAS PRENDAS REQUERIDAS |
Regional Guainía | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Debido a que la mayoría de los elementos descritos en el Manual Ropa de Trabajo no se encontraban en el Acuerdo Marco de Precios y no cumplían las características. No todas las prendas cumplen con las especificaciones técnicas contempladas en la Resolución 1182 |
Regional Guajira | Total | Mínima Cuantía; | Se hizo la solicitud de inclusión a CCE de los bienes, pero no fue aceptada. |
Regional Guaviare | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Porque no todas las fichas de necesidades se encontraban en el catálogo del Acuerdo y algunas no cumplían los requerimientos del SENA |
Regional Huila | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Por mínima cuantía se adquirieron los elementos que no contemplaba el acuerdo como Uniformes de enfermería, uniforme para cocina, uniformes de belleza, impermeable, overol, chaleco, zapato enfermería, falda pantalón, zapato para cocina, además 3 elementos que el comité no aprobó porque no cumplían con las especificaciones los cuales fueron pantalón para caballero, camiseta y buzo. |
Regional | Entrega | Modalidad de contratación | Razones por la que no se efectuó la totalidad de la compra por Acuerdo Marco de Precios |
Regional Madalena | Total | Acuerdo Marco de Precios; | Se tramito la compra por fuera del Acuerdo Marco de Precios de los elementos que nos los incluyo en el acuerdo marco de precios (overoles, botas de cuero, impermeables, buzo, pantalonetas, etc.) |
Regional Meta | Total | Mínima Cuantía; Selección Abreviada; | Los elementos del acuerdo marco de precios no reunían las especificaciones técnicas solicitadas. |
Regional Nariño | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Inicialmente se realizó por acuerdo marco de precios, como los procesos se terminaron por mutuo acuerdo, posteriormente y con las consultas respectivas se hizo por mínima cuantía. |
Regional Norte de Santander | Total | Mínima Cuantía; Acuerdo Marco de Precios; | Porque el Acuerdo Marco no contempla todos los elementos requeridos en el Manual de Dotación. |
Regional Putumayo | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Algunos de los elementos de la ropa de trabajo no se encuentran incluidos en el catálogo acuerdo marco de precios |
Regional Quindío | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Las Fichas técnicas de los elementos ofrecidos en el Acuerdo Marco no se ajustan a las Fichas Técnicas para la necesidad de la Entidad. |
Regional Risaralda | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | De acuerdo a las fichas técnicas no era posible adquirir las blusas de labor de los Instructores, ni los overoles, ni las botas ni algún calzado especializado de enfermería, cocina, ni deportes |
Regional San Andrés | No se realizó proceso | No se realizó Proceso | No se realizó contrato de ropa de trabajo para la vigencia 2020 (Dada la situación de emergencia) |
Regional Santander | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Debido a que no todas las prendas se encontraban incluidas en el catálogo de CCE por lo cual se procedió a la compra por mínima cuantía |
Regional | Entrega | Modalidad de contratación | Razones por la que no se efectuó la totalidad de la compra por Acuerdo Marco de Precios |
Regional Sucre | Proceso de Entrega | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; | Debido a que una vez agotado el procedimiento de solicitud de inclusión de nuevos elementos al catálogo del acuerdo marco de precios nos informaron que las prendas que no son vestuario de calle no entran a ser evaluadas pues no están dentro del objeto del Acuerdo Marco y en cuanto a la solicitud de inclusión de características a las fichas del catálogo radicada en fecha 10-09-2020 no se ha recibió respuesta en la fecha oportuna. |
Regional Tolima | Total | Mínima Cuantía; Acuerdo Marco de Precios; | No aplica |
Regional Valle | Total | Acuerdo Marco de Precios; Mínima Cuantía; Otra modalidad de Contratación; | Teniendo en cuenta las fichas técnicas establecidas por la Entidad los funcionarios de confecciones y calzado quienes tienen la idoneidad y quienes fueron designados para la asesoría y evaluación del proceso, realizan el análisis y la verificación del cumplimiento con las características establecidas con el Acuerdo marco de precios para la vigencia 2020 determino que algunas de estas fichas no cumplen con los materiales y los requisitos generales y plantilla estructural que establece la Entidad por lo cual en el caso de calzado masculino y femenino se pudo justificar y sacar por proceso de mínima cuantía para los funcionarias públicas y está pendiente el de calzado masculino dado que el tiempo de este trámite se agotó debido a la finalización de la vigencia y la crisis sanitaria que se vive ha dificultado la normalidad de entrega y realización de los procesos, De igual manera el AMP no contempla los uniformes situación que conlleva a que la Regional adquiriera los mismos también a través de proceso de mínima cuantía. |
Regional Vaupés | Total | Mínima Cuantía; | |
Regional Vichada | Total | Mínima Cuantía; | Se solicito la inclusión en el acuerdo marco de fichas técnicas en calidad de las prendas y la respuesta de Colombia compra fue negativa, atendiendo al manual de ropa de trabajo. |
En la tabla anterior se puede identificar que en 24 REGIONALES NO SE EFECTUÓ LA TOTALIDAD DE LA COMPRA DE LA ROPA DE TRABAJO POR ACUERDO MARCO DE PRECIOS y justificaron cuales elementos de las fichas técnicas anexas a las resoluciones 1182 del 2006 y 1649 de 2019 o elementos no se encontraron en el AMP de Colombia Compra Eficiente agotando el procedimiento indicado pudiendo optar por una modalidad diferente a la ordenada normativamente. También se identifica que en 8 regionales realizaron el proceso de adquisición de ropa de trabajo, totalmente por fuera del acuerdo marco de precios, es decir, en las regionales Amazonas, Arauca, Bolívar, Córdoba, Guajira, Meta, Vaupés y Vichada. Y en Regional de San Andrés no se realizó el proceso de contratación en la vigencia 2020, pese a que en la “Tabla 1 del 26 de abril de 2021” se haya informado que para esa misma vigencia se había adelantado el proceso de contratación bajo la modalidad mínima cuantía en dicha regional, lo cual pone en duda la fiabilidad de la información suministrada, de igual forma sucede con algunas Regionales que informaron en la “tabla 2 del 25 de mayo de 2021” a la Secretaria General que el proceso de entrega de la ropa de trabajo se ha hecho de manera total, cuando no es cierta dicha afirmación porque aún continúan con procesos pendientes de entrega, debido a los retrasos, a los incumplimientos por parte de los proveedores y otras situaciones.
EXIGIMOS A LA ADMINISTRACIÓN QUE MANTENGA, RATIFIQUE, GARANTICE Y RESPETE EL PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD Y NO REGRESIVIDAD DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS POR LOS TRABAJADORES EN VIRTUD DEL ACUERDO COLECTIVO DE 2018 Y LAS NORMAS VIGENTES, del mismo modo, reiteramos que se permita la participación efectiva de los Representantes Elegidos por los Trabajadores en las sesiones de los Comités de Ropa de Trabajo conformados en las Regionales para que en observancia a lo establecido en la Resolución 2084 del 2019 y lo dispuesto en el Acuerdo Colectivos se dé cumplimiento a la función que les compete de velar por que garantice los estándares de calidad de los elementos, de acuerdo con lo establecido en el proceso contractual para garantizar la adecuada y oportuna adquisición.
INSTAMOS A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LOS COMITÉS DE ROPA DE TRABAJO DE CADA REGIONAL Y A LAS SUBDIRECTIVAS DE SINDESENA QUE:
- En las sesiones de los Comités de Ropa de Trabajo y en los Relacionamientos Sindicales Regionales se requiera a la Dirección Regional la tarea de elevar a Colombia Compra Eficiente la solicitud la inclusión integral de todas las fichas técnicas anexas a las Resoluciones 1182 del 2006 y 1649 de 2019 o elementos y así lo dejen plasmado en las actas, poniendo también en conocimiento de la gestión realizada a su respectiva subdirectiva, en aras de agotar el proceso dispuesto en la Circular 33 del 2020 y obtener los conceptos pertinentes que sirvan de justificación técnica, amplia y suficiente para no dar aplicación a la modalidad del Acuerdo Marco de Precios, permitiendo con esto optar por modalidades diferentes contratación, para que las compras de la ropa de trabajo se realicen en las respectivas regionales.
- Hacer seguimiento al proceso de adquisición de la Ropa de Trabajo en las respectivas regionales velando porque se garantice la adecuada y oportuna entrega a los trabajadores beneficiados, detallando el estado actual del proceso y elevando las denuncias respectivas cuando evidencien incumplimientos.
- Requerir información del presupuesto asignado a la regional para dotación y ropa de trabajo para la vigencia 2021.
- Documentarse sobre la normatividad vigente y aplicable en la que se basa la entidad, para realizar la entrega de ropa de trabajo para los empleados públicos beneficiarios en el SENA, con el propósito de conocer integralmente el proceso y optimizar las gestiones que se emprendan desde la organización sindical.
Seremos vigilantes, en procura de que se den las condiciones adecuadas para la adquisición y entrega oportuna de la Ropa de Trabajo en cada una de la Regionales.
SINDESENA EN DEFENSA DE DERECHOS ADQUIRIDOS DE LOS TRABAJADORES.
Atentamente,
(Original firmado por)
Aleyda Murillo Granados
Presidente
SINDESENA JUNTA NACIONAL