SINDESENA PARTICIPÓ EN LA REUNIÓN CON PRESIDENTES DE SUBDIRECTIVAS DE LA CUT Y SINDICATOS CONVOCADA POR LA CUT NACIONAL
El pasado 8 de septiembre, participamos en la jornada de la mañana en la reunión convocada por la CUT Nacional para tratar los temas: Reforma Tributaria y Sentencias Corte Constitucional.
- En lo relacionado con el tema de las sentencias se habló de la Sentencia C-276 de 2021 donde la Corte Constitucional declara la inconstitucionalidad del Articulo 193 de la Ley 1955 de 2019 por medio de la cual se establece el Plan Nacional de Desarrollo 2018 -2022. Básicamente se declara inconstitucional el artículo 193 por no mantener el principio de unidad de materia.
Este artículo establece: Piso de protección social para personas con ingresos inferiores a un salario mínimo. Las personas que tengan relación contractual laboral o por prestación de servicios, por tiempo parcial y que en virtud de ello perciban un ingreso mensual inferior a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMLMV) deberán vincularse al Piso de Protección Social que estará integrado por: i) el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad en Salud, ii) el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) como mecanismo de protección en la vejez y iii) el Seguro Inclusivo que amparará al trabajador de los riesgos derivados de la actividad laboral y de las enfermedades cubiertas por BEPS.
Como es conocido por todos, el gobierno nacional reglamentó el artículo 193 del plan de desarrollo con el Decreto 1174 de 2020.
Por lo anterior es que se considera en el ambiente sindical que al declararse inconstitucional el artículo 193 queda sin piso jurídico el Decreto 1174 de 2020, pese a que el Gobierno tenga otras interpretaciones para confundir a la ciudadanía y de manera específica a los trabajadores. Con esto creemos que se frena una gran reforma laboral camuflada donde los trabajadores podrían ser contratados por horas perdiendo garantías laborales y prestacionales como la salud, reconocimiento de incapacidades médicas, vacaciones, primas, protección de riesgos laborales y sobre todo derecho a pensionarse dignamente.
En estos momentos a ningún trabajador se le puede afiliar mediante esta figura de pisos de protección social y quienes ya lo están, habrá un periodo de transición hasta el 2023.
La CUT frente a este tema de los pisos de protección social ha diseñado unas estrategias para socializar mucho más el tema, entre ellos están:
- Se presentaron derechos de petición a diferentes instancias gubernamentales pidiendo información sobre la cantidad de personas que fueron vinculados a esta figura de los pisos de protección social.
- Elaborar diferentes artículos de prensa para dar a conocer a la comunidad en general sobre el por qué de la inconveniencia de los pisos de protección social como lo plantea el gobierno.
- Realizar un Foro sobre los pisos de protección social y presentar la propuesta que viene manejando el movimiento sindical en torno al tema.
- Presentar un documento a los congresistas explicando y resaltando los efectos de la Sentencia C-276 de 2021
- Trabajar con los congresistas de la bancada alternativa las proyecciones y pasos a seguir con el proyecto de Ley donde se pedía derogar el Decreto 1174 de 2020.
- Remitir comunicación a la OIT pidiendo que se pronuncie de fondo con respecto a la figura de pisos de protección social.
- Se pidió al Consejo de Estado que se pronuncie sobre la realidad actual del Decreto 1174 de 2020.
- El compañero Enrique Daza, Director de Cedetrabajo; presentó algunas consideraciones sobre la Reforma tributaria que lamentablemente la noche del 7 de septiembre fue aprobada a pupitrazo por el Senado de la República.
Expone que la actual reforma mantiene la estructura tributaria regresiva, donde no se contempla la progresividad de los impuestos, es decir a unos sectores se les carga mas con impuestos mientras que otros son privilegiados con exenciones. Por lo anterior la reforma mantiene las exenciones y beneficios tributarios a las grandes empresas y en especial al sector minero y financiero.
Se mantiene la estructura de gravar a todas las empresas con los mismos impuestos sin hacer diferencia entre la grandes, medianas o pequeñas.
Desde el punto de vista de Enrique Daza el tema de beneficios sociales no debería aparecer en la Reforma Tributaria, es una estrategia populista; pero además éstas actividades de tipo social son insuficientes y de corto alcance que en la practica y a futuro obligan al nuevo gobierno a presentar nuevas reformas tributarias para seguir financiando este tipo de actividades.
También se resalta en esta reforma que el Gobierno sigue manteniendo el financiamiento en la privatización, es decir amparado en vender las pocas empresas que son del estado. Y adicionalmente mantiene la política de financiar gran parte de la estructura del estado con créditos con el sector financiero y por su puesto también le apuesta a la reducción del gasto público. El gobierno ve a corto plazo políticas de tipo asistencialistas y no a largo plazo con políticas de verdadera reactivación de la economía del país.
Por su parte el profesor Beethoven Herrera expresa que el núcleo de la reforma tributaria donde se establece que hasta el 2025 el impuesto a la renta de las empresas subirá paulatinamente unos puntos hasta llegar al 35%. Y los industriales aceptan el incremento del impuesto a la renta pero que no se toquen las exenciones que ya vienen funcionando. El impuesto de Industria y comercio que se paga en los municipios antes las empresas lo podían descontar en su totalidad en el pago de renta, la nueva reforma tributaria establece que sólo se podrá descontar el pago de ICA en un 50% al pagar renta.
La reforma se aprobó eliminando la georeferenciación para el registro de predios, con el fin de ser registrado, ubicado y posteriormente ajustado en impuestos. Esta herramienta serviría si fuera de la mano con el catastro rural, dado que en Colombia más del 51 % de las tierras no tributan.
La reforma agregó que los capitales fugados pueden ser traídos al país o repatriados y paga sobre el 50% de lo ingresado si lo deja en el país 2 años. El gobierno no tiene control y más bien premia a quien saca la plata del país. Esta reforma eliminó el impuesto ambiental, adicionalmente se propuso incluir un impuesto a las bebidas azucaradas y fue eliminado este impuesto en la nueva reforma tributaria.
En materia de empleo la nueva reforma contempla un 25% de apoyo sobre la nómina a quienes contraten jóvenes entre los 18 y 28 años. Aprobó exención de pago de IVA a los bares y restaurantes.
Una vez terminadas las intervenciones la CUT manifiesta que frente al tema de movilizaciones a futuro para continuar en la dinámica del Paro Nacional se han definido como futuras fechas de Movilización la del 28 de septiembre, el 20 de octubre, el 25 de noviembre y se terminaría las jornadas con la del 10 de diciembre.
Como podemos ver, el PARO NACIONAL continúa y el resto del año se tienen planeadas nuevas movilizaciones.
SINDESENA EN PIE DE LUCHA POR LA DEFENSA DEL SENA, DE LOS TRABAJADORES Y APOYANDO EL PARO NACIONAL.
SINDESENA JUNTA NACIONAL
Bogotá, 13 de septiembre de 2021