Muchas preocupaciones han dejado entre la comunidad educativa del SENA la Circular 212 de 2023, donde se emiten lineamientos para la contratación de servicios personales 2024 (artículo 32- numeral 3 de la Ley 1993), fundamentalmente porque no se fijan criterios objetivos para la selección de los contratistas y aparentemente se deja en libertad a los ordenadores del gasto para su definición.
Se teme que vuelvan las prácticas clientelistas y politiqueras en la selección de instructores, dejando de lado la experiencia de gran cantidad de contratistas que han entregado su vida a la entidad.
Ante estas preocupaciones SINDESENA ha radicado al Director General de la Entidad, una serie de observaciones que ayuden a mitigar las inquietudes detectadas y que contribuyan a mayor transparencia en el proceso de selección de los próximos contratistas, a saber:
- Se debe informar con al menos quince días calendario de anticipación, el cronograma de cortes del banco de instructores desde la AGENCIA PÚBLICA DE EMPLEO -APE- para la postulación a los perfiles de instructores para el año 2024, y de ser posible generar un plan de actualización y postulación por grupos de regionales o de cédulas de aspirantes, de tal forma que no se congestione el aplicativo y se tengan dificultades en el funcionamiento del mismo, que pueda afectar la libre concurrencia de los aspirantes.
- Se emita una orientación complementaria a la circular en referencia, desde la Dirección General del SENA con un abanico de criterios objetivos y sugerencias de ponderación, de los cuales los centros puedan seleccionar, incluyendo entre ellos de forma obligatoria la experiencia como instructor SENA con buen peso en el proceso de selección.