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Exigimos respeto al acuerdo colectivo en materia de semana de la confraternidad

Por diciembre 20, 2022Noticias
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Inconformismo por unilateral ajuste en el  calendario académico

Como una desagradable sorpresa de fin de año, hemos calificado los trabajadores del SENA la resolución 1-2436 del 15 de diciembre de 2022 “por la cual se establece el calendario académico y de labores del SENA”. Tal reacción obedece a que en la mencionada resolución se modifica la fecha de la semana de confraternidad para los días comprendidos entre el 9 y el 14 de octubre de 2023, desconociendo el origen y la dinámica que por años ha hecho que se ejecute a mediados del año esta conquista de los trabajadores lograda por SINDESENA Y SINTRASENA, hecho que nos convoca a reclamar enérgicamente al Director la inmediata  revisión y el ajuste de la misma, para atemperarla a la fecha original, que hace parte de sucesivos acuerdos colectivos que se encuentran vigentes.

Nuestro malestar no es para menos, pues algunas actuaciones inconsultas de la administración empiezan a dejar la sensación que es el estilo de administración de la alta dirección, pues ya son varios los actos administrativos que emite desconociendo dinámicas institucionales y ahora además derechos adquiridos de los trabajadores; indigna la manera unilateral y pareciera sin contexto de las obligaciones legales como se vienen tomando algunas decisiones, justo en una administración que dice respetar los derechos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales; el cambio de fecha de un acuerdo colectivo, nos evoca prácticas de algunas administraciones que no queremos recordar.  La semana de la confraternidad, es un derecho central que atañe al bienestar de los trabajadores. Nos resistimos a pensar que sea una costumbre de la administración del doctor Jorge Eduardo Londoño Ulloa, desconocer la palabra institucional empeñada, dejar de lado los temas pactados, desconocer garantías, condiciones de bienestar y hacer cambios sin concertar con los trabajadores, desconociendo en este caso, el carácter de las negociaciones colectivas.

Recordemos que la semana de confraternidad, es una conquista que SINDESENA Y SINTRASENA lograron hace cerca de 50 años y permanentemente la ha defendido, pues administraciones como la de Darío Montoya en la época de Alvaro Uribe, la eliminó por un período y posteriormente la retomó afectada significativamente, reduciéndola a tres  días y pretendió cambiar su carácter de recreación e integración a capacitación y entrenamiento. Fue a través de la negociación de un pliego de peticiones en 2012, que logramos recuperarla (artículo 4 del acta de acuerdo: 4.1 Bienestar social: El SENA celebrará a mediados de cada año en todas las regionales, la semana de la confraternidad, en las condiciones señaladas por el artículo 5o del Acuerdo 11 de 1991 y los lineamientos que emita la Dirección General sobre el tema y dando estricto cumplimiento a los siguientes aspectos:  Se programarán actividades lúdicas, recreativas y de integración. En ella participarán durante toda la semana los instructores y trabajadores oficiales. Posteriormente en el pliego firmado en 2015, logramos que los administrativos ingresaran a gozar como mínimo de dos días de este espacio y en los siguientes pliegos, poco a poco hemos ido avanzando en conseguir que se respete la semana completa a instructores y trabajadores oficiales y se aumenten los días para los administrativos, lo que nos lleva a que en la actualidad sean tres días, además del día de la familia porque originalmente no se encontraban como beneficiarios de este derecho.  Cuando se negoció la semana de la confraternidad fue concebida como una forma de descanso a mitad del período de formación, al tiempo que propende por la evaluación de…

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