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Edición 2017 003 13 de enero de 2017

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Edición No. 2017 – 003
13 de enero de 2017

PRECISIONES SOBRE FORMALIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE PLANTA Y BENEFICIOS ECONÓMICOS

FE DE ERRATAS

En el boletín 2017 – 002 ELECCIONES COPASST: GRAN RECONOCIMIENTO Y ACOGIDA A SINDESENA por error, en el título al interior del documento se omitió la letra t: Léase ELECCIONES COPASST: GRAN RECONOCIMIENTO Y ACOGIDA A SINDESENA Y no ELECCIONES COPASS: GRAN RECONOCIMIENTO Y ACOGIDA A SINDESENA

Y en el primer párrafo segundo renglón léase: los candidatos postulados al COPASST y no candidatos postulados al COPASS

   

   

PRECISIONES SOBRE FORMALIZACIÓN, MODIFICACIÓN DE PLANTA Y BENEFICIOS ECONÓMICOS

A propósito de las consultas e inquietudes surgidas sobre el alcance de los procesos de formalización y la modificación de la planta con miras a garantizar la nivelación salarial, para la cual se concreta cronograma de ejecución y materialización tras el Paro de 37 días adelantado en el año 2017 y la firma del acuerdo del 19 de octubre de 2016, nos permitimos hacer algunas precisiones sobre el particular…

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DE LA CRISIS DEL SECTOR SALUD NO ESCAPA NI LA FORMACIÓN EN EL SENA REGIONAL VICHADA DE MAL EN PEOR

A pesar de tener redes y redes de conocimiento con gestores y asesores, bastante cuestionadas algunas y sin mayor impacto en la formación, la realidad no se compadece con la aspiración institucional ni con su objetivo “Iniciativa estratégica para desplegar la gestión del conocimiento"…

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CÓMO LE FUE AL SENA EN LA REFORMA TRIBUTARIA 2016?

El día de inocentes, 28 de Diciembre de 2016, el Congreso de la República concilió la Ley de Reforma tributaria, que al día siguiente sancionó el gobierno de Juan Manuel Santos como ley 1819 de 2016. A pesar del golpe para los colombianos de a pie por diferentes medidas económicas, entre las que se destaca el incremento porcentual del IVA, el balance final para el SENA es positivo en tanto el artículo 65 se conserva la parafiscalidad (que pretendían eliminar la Comisión de expertos y el Centro Democrático); el artículo 102 definió como recursos de destinación específica los 9 puntos porcentuales de la tarifa del impuesto sobre la renta de personas jurídicas a cambio del CREE, que efectivamente eliminaron. La conservación de la Rentas de Destinación Específica del SENA se debe, no hay que olvidarlo, a la decidida y anticipada movilización de su comunidad educativa. Con orgullo lo recordamos, y que sirva de enseñanza!

ANEXO LEY 1819 DE 2016

   

Ver Acta de Acuerdo Pliego EstatalVer Acta de Acuerdos Pliego 2015

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