¿Qué es el servicio médico asistencial?
Es una conquista de los trabajadores desde el año 1975, que consiste en un BENEFICIO COMPLEMENTARIO EN SALUD para la familia del empleado público, pensionado y trabajador oficial del SENA, en el que la entidad garantiza la prestación del Servicio Médico, directa o indirectamente, con sujeción a las normas definidas por la entidad para tal fin.
¿Quiénes pueden ser beneficiados?
Del empleado público, trabajador oficial y pensionado soltero: Padres, Hermanos solteros menores de 25 años.
Del empleado público, trabajador oficial y pensionado casado: Padres, Cónyuge o compañero (a) permanente, Hijos solteros de Empleado Público menores de 25 años, Hijos solteros de Trabajadores Oficiales menores de 25 años, Hijos adoptivos y entenados.
¿Cuál es la cobertura?
Los beneficiarios tienen derecho a los servicios de salud a través de profesionales de instituciones adscritas, previa autorización expedida por el médico y odontólogo asesor:
Hospitalización: Habitación, unidad de cuidado intensivo, unidad de cuidado intensivo pediátrico, incubadora, derecho de sala, otros servicios hospitalarios, otros servicios sin cirugía.
Honorarios: Por cirugía, por tratamiento no quirúrgico y quirúrgico, consulta pre anestésica, anestesista, ayudantía, Juntas Médicas.
Tratamiento ambulatorio: Consultas y controles con especialistas, consulta médico general, ortoptista, terapista, nutricionista, psicólogo, sesiones, nebulizaciones, visita domiciliaria, fisioterapia, terapia, especialista, enfermera, droga, laboratorio, Rx, zapatos ortopédicos, monturas, lentes, lentes de contacto, ambulancia.
Tratamiento odontológico: Consultas con Odontólogo General, con especialista, consulta urgencia, control odontopediatría, cirugía oral, ortopedia y prostodoncia, radiología operatoria dental, endodoncia, cirugía oral, prostodoncia, periodoncia, periodoncia.